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La reforma al Poder Judicial y el final del presidencialismo

Dr. Eduardo Ramírez
Gobernador electo de Chiapas​

La propuesta de reforma constitucional para que jueces, magistrados y ministros sean electos por votación popular, representa el comienzo del final del presidencialismo mexicano porque significa un cambio de régimen político, donde el pueblo ejerce realmente su poder como el portador y fuente de la Soberanía Nacional.​


El Constituyente de 1917 estableció que la Corte debía conformarse por once ministros vitalicios, electos por la mayoría de los votos del Congreso General constituido en Colegio Electoral en votación secreta a partir de una lista de candidatos propuestos por las legislaturas locales.
A lo largo del siglo XX, con la consolidación del régimen de partido hegemónico y el fortalecimiento del presidencialismo mexicano, se realizaron más de 15 reformas relativas a la Suprema Corte. Desde 1928 se introdujo el procedimiento hoy vigente de nombramiento de Ministros por parte del Ejecutivo con la ratificación de la mayoría calificada del Senado. Sin embargo, este proceso no evitó que los presidentes y su mayoría en la Cámara alta mantuvieran una importante influencia en la integración de la Corte. Además de que, durante años, los presidentes contaron con la atribución de destituir a cualquier Ministro con la respectiva aprobación del Congreso. Para el régimen hegemónico presidencial, mantener la legalidad del gobierno fue fundamental, al menos a nivel de percepción, aunque ello no se tradujera en un verdadero Estado de derecho. ​
Para este 2024, con la amplia mayoría que el pueblo de México confió al movimiento de la cuarta transformación encabezado por la Dra. Claudia Sheinbaum, se busca no solo dejar de disponer de esa mayoría para que el Ejecutivo influya en la elección de miembros del Poder Judicial, sino que se asume el compromiso de corresponder a la confianza popular para que con esa mayoría parlamentaria se reforme la Constitución y se limite la influencia presidencial en el Poder Judicial, otorgándole al pueblo de México la potestad de elegir a sus propios juzgadores.
Se trata de alejar al Poder Judicial de voluntades particulares y cuotas partidistas para acercarlo al pueblo de México. Se establece un procedimiento ciudadano, abierto y transparente que fomentará la rendición de cuentas, la ética judicial y una mayor responsabilidad pública de los operadores jurídicos toda vez que estos serán nombrados directamente por el pueblo. Lo anterior puede lograrse bajo reglas electorales que hoy ya funcionan para elegir autoridades a nivel federal, estatal y municipal donde, en efecto, gravitan los llamados poderes fácticos mismos a los que, paulatinamente, hemos encontrado los medios institucionales y jurídicos para prevenir y evitar su intromisión.
Es una reforma que trasciende al Poder Judicial. Que es favorable para la República porque es un paso más en el diseño del nuevo régimen político en el que el poder político reside verdaderamente en la voluntad popular. Acabar con la elección indirecta y la influencia partidista en el Poder Judicial para pasar a elección directa y universal, es institucionalizar la voluntad del pueblo, lo cual muy probablemente se convertirá en un nuevo referente democrático en el marco del derecho comparado. ​
Todo cambio trae consigo sus resistencias. Afecta intereses creados y, sobre todo, altera el orden establecido; no obstante, eso no implica que necesariamente el resultado de ese cambio sea negativo. Este cambio de régimen lo puso en marcha el pueblo de México que desde hace años ha expresado en las urnas y otros espacios, que espera de sus autoridades y representantes continuar por el camino de la transformación para que con bienestar, humanismo y justicia social seamos un mejor país.
Abramos nuestra conciencia a nuevos horizontes y nuevas realidades que la República así nos lo demanda. ​

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Párabola Staff

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